Derecho a la educación, todo lo que se debe saber del tema

El ser humano como ente social, requiere cubrir sus necesidades básicas para desenvolverse de manera efectiva y eficiente en el contexto al cual pertenece. De ahí, que los Estados deben ofrecerles a los niños, niñas y demás ciudadanos oportunidades educativas, es decir, el derecho a la educación, tema central del presente artículo, el cual te sugerimos leer.

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¿En qué consiste el derecho a la educación?

Los seres humanos a nivel mundial han de gozar de derechos inherentes a su vida, existencia y prosperidad que les permita su desarrollo como ser social.

En tal sentido, a la sociedad en general y a los gobiernos en particular,  les corresponde ofrecer a sus ciudadanos condiciones amparadas jurídicamente que les garanticen el derecho a la vida, tener alimentación, salud y el derecho a la educación, esta última favorece la calidad y prosperidad de los seres humanos.

A este respecto, se tiene que la educación brinda a muchos adultos y niños herramientas para mejorar sus condiciones. Así pues, es una estrategia elemental para poder acceder a un adecuado desarrollo económico, social y cultural en cualquier contexto mundial.

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Desde esta perspectiva, el derecho a la educación es esencial para todos los individuos del mundo. Porque en la medida que desarrollen conocimientos pueden alcanzar una vida más digna.  Se sugiere leer ¿Qué es el respeto para niños?

A lo anterior puede agregarse, que la educación está reconocida mundialmente como un derecho inherente al ser humano, donde el Estado ha de diseñar pautas, leyes y lineamientos que permitan ofrecerles a todos los ciudadanos una educación primaria gratuita y obligatoria.

Considerando lo planteado, el Estado debe:

  1. Encauzar lineamientos para que los niños accedan a una educación secundaria.
  2. Promover el ingreso equitativo de los ciudadanos a una educación superior.
  3. Responsabilidad de contribuir para que todos aquellos individuos que no han logrado culminar una educación básica y/o primaria, tengan opciones que les faciliten culminarla.

Tal como se ha planteado, el derecho a la educación, es también minimizar de manera significativa la discriminación en todos los escenarios educativos preescolar, primario, secundario y universitario.

Derecho a la educación

En esta misma línea, se tiene que le corresponde al Estado establecer y crear estándares para mejorar la calidad educativa en sus ciudadanos.

Fases de establecimiento del derecho a la educación

La educación como se ha venido definiendo, es  un derecho que poseen los seres humanos de todo el planeta.

Por otra parte,  se sustenta en el hecho de que todos los niños y niñas deben tener una educación primaria gratuita, secundaria con posibilidades de acceso y universitaria con facilidades de ingreso. Atendiendo a tal planteamiento, se tiene que las fases del derecho a la educación, se concretizan en:

  1. Obligatoriedad de una educación primaria para todos los niños y niñas.
  2.  El desarrollo de la educación secundaria, como otro nivel académico al cual deben tener la posibilidad de acceder todos y cada uno de los ciudadanos del mundo.
  3. Acceso a una educación superior.

Las fases antes citadas, requieren y ameritan de estímulos acordes a los méritos académicos alcanzados por los estudiantes en diferentes niveles educativos. por ende, el Estado debe garantizar este derecho.

Considerando el planteamiento anterior,  se tiene que es una obligación del Estado, incorporar al proceso educativo a los rezagados del sistema, en pro de que alcancen una educación básica y/o primaria.

Desde esta perspectiva, se debe  agregar que para lograr este derecho a la educación, cada gobierno debe establecer formas que minimicen o eliminen en definitiva la discriminación en todos y cada una de las etapas y niveles del sistema educativo.

En este contexto, la meta es establecer estándares de calidad y eficiencia educativa. La educación es un derecho y proceso continuo.

Derecho a la educación

Al respecto Katarina Tomasevski, señala que para concretar este derecho hay pasar por las siguientes etapas:

  1. Aceptación del derecho a la educación del ser humano.
  2. Separación de las categorías: mujeres, indígenas, otros.
  3. Asimilación e integración
  4. Reconocimiento de la diversidad

Dimensiones fundamentales de este derecho

Cada una de las naciones del mundo, ha de promover la gestión educativa  según lo acordado en la Organización de las Naciones Unidas, abarca cuatro dimensiones fundamentales para encauzar, es decir, permitir el cumplimiento y viabilidad en este derecho.

Considerando tal obligación, los Estados  deben ser eficaces, en el sentido de desempeñar y hacer cumplir el derecho a la educación de manera óptima y aceptable en pro del desarrollo eficiente y efectivo, no solo de los ciudadanos, sino también del país en el aspecto, económico, social y cultural.

De ahí, los estados han de promover este derecho considerando las siguientes dimensiones: disponibilidad, accesibilidad, aceptable y adaptable, según lo establecido en el marco conceptual expresado en el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Tales dimensiones se describen a continuación:

Derecho a la educación

Disponibilidad

Los Estados deben poseer diferentes instituciones educativas, capaces de cubrir con la totalidad de la población. En esta línea, están obligados a ofrecer el abastecimiento idóneo y acorde en lo que respecta al establecimiento físico, así como a los programas y/o currículos.

Todas las instituciones educativas, deben y requieren estar dotadas con todos los materiales y equipos necesarios para que se pueda desarrollar el proceso educativo acorde a la calidad y eficiencia requerida con el objeto de que estos espacios puedan funcionar de manera óptima.

En este aspecto, se refiere que los gobiernos deben gestionar el desarrollo de las estructuras físicas, entiéndase escuela, colegios y otras instituciones de esta índole, equipadas con todos los materiales didácticos adecuados para su funcionamiento. Un elemento fundamental de la educación que debe comenzar desde el hogar, es la lectura, por ello te invitamos que te informes sobre ¿Cómo enseñar a leer?

Derecho a la educación

Por otra parte, también es responsabilidad de los Estados equipar a estas instituciones con el talento humano idóneo que satisfaga las necesidades de enseñanza, en otras palabras, personal capacitado. Para ello, este personal debe recibir una remuneración acorde a la labor que ejerza.

Aunado a lo anterior, la disponibilidad también tiene que ver con la obligatoriedad del Estado en ofrecer la protección en los aspectos asociados a la salubridad en cuanto a las instalaciones sanitarias y el agua potable.

Aceptabilidad:

Los  programas educativos deben adaptarse al contexto sociocultural donde se llevará a cabo el hecho educativo. En tal sentido, la calidad, pertinencia deben ser avalados por sus beneficiarios directos, entiéndase alumnos y sus padres.

En este contexto, el derecho a la educación en el marco de la aceptabilidad para cada estado, debe prever que cada sociedad en un determinado país, incluso región y localidad posee características diferentes que le identifican.

De ahí, que este aspecto debe ser considerado por las autoridades educativas en cada país para ofrecer una enseñanza que sea aceptada por todo el colectivo social.

Adaptabilidad:

La adaptación,  significa la necesidad de que la gestión y autoridades educativas adecuen los cambios amoldándose al progreso y avance de la sociedad, en otras palabras, los programas y currículos deben ser cónsonos con los avances que se suscitan en el contexto mundial, nacional, regional y local.

Accesibilidad:

El acceso e ingreso al sistema educativo debe tenerlo cualquier ser humano, independientemente de su género, color, condición económica y cualquier otra razón política o religiosa.

Lo anterior  significa, que debe evitarse la discriminación al libre acceso a la educación, ya que ese es un derecho que corresponde como ser humano, es decir, cualquier ciudadano debe desarrollar sus potencialidades y habilidades a través del libre ingreso al proceso de enseñanza.

Educación como herramienta de cambio social

El desarrollo  del progreso educativo es un derecho inalienable del ser humano, pero más allá de enseñar y ofrecer acciones educativa,s es proporcionarles a los individuos  herramientas que se orienten a desarrollar sus competencias y habilidades para la calidad y transformación social en el contexto donde se desenvuelve.

A lo anterior, se destaca que la educación es un derecho que le corresponde al ser humano como individuo de un determinado contexto social, se puede caracterizar como un elemento primordial para el cambio.

En tal sentido, es  fundamental en el desarrollo no solo de la personalidad, habilidades y destrezas del hombre, sino que constituye  una herramienta primordial para  el desarrollo social  y económico de él como persona y de la sociedad como medio cultural que le alberga.

Dificultad para su desarrollo

Sin embargo, en el mundo existen ambientes donde la presencia de la pobreza y otros elementos, tales como la exclusión, alejan a los muchos niños de contar con  el derecho a la educación, ya que hay poca cobertura de los servicios educativos, como es el caso de las zonas rurales, barrios urbano marginales, entre otros.

A lo anterior, puede agregarse la deficiencia en lo que respecta al personal cualificado, ya que éstos no trabajan en estos contextos por varias razones, entre ellas, la remuneración que se convierte en una carencia de estímulos para atender a los niños en estos lugares distantes donde las instalaciones y recursos son limitadas.

En este aspecto se tiene además, que cuando la educación se lleva a cabo en contextos institucionales privados, generalmente las familias de los ambientes antes descritos, no poseen los recursos económicos para cubrir esta necesidad en sus hijos e hijas.

Consecuencias

La situación planteada, conduce a que la educación no se ajuste a la calidad necesaria para el desarrollo social del individuo y su entorno, más aún, aumenta el trabajo infantil, la discriminación de género, discapacidad, entre otras, lo que puede traducirse en la baja calidad del proceso educativo.

En esta misma línea, muchas naciones incumplen con su cuota de responsabilidad que le corresponde para aportar acciones significativas que conduzcan a garantizar en todos los ciudadanos el derecho a la educación. Tal aspecto, se puede marcar el hecho de que no se atiende a los adultos que no han logrado culminar su proceso educativo.

El derecho a la educación debe ser una obligación de los Estados, si se considera el hecho de que el ser humano debe ser dotado de habilidades básicas que les garanticen el desarrollo de una vida plena socialmente útil sobre todo capaces de desenvolverse de manera efectiva en el contexto al cual pertenece.

Implementación y Prioridad

La función del Estado con respecto a la educación es garantizar este derecho en todos los ciudadanos. De ahí, que cada país ha de proyectar las acciones que permitan ofrecer a sus ciudadanos un proceso de enseñanza y aprendizaje acorde a sus necesidades.

Hay que señalar que a pesar de que uno de los derechos humanos es el de la educación, la cual está garantizada en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en muchas naciones se denota la poca existencia de instrumentos legales que definan y enmarquen las líneas de acción al respecto.

Tratados Internacionales sobre este Derecho

Un tratado es un acuerdo entre partes, en el ámbito internacional puede definirse como  normas jurídicas que se establecen por escrito y son motivo de fiel y obligatorio cumplimiento.

El hombre, en pro de mejorar su condición e integridad humana ha puesto en marcha una gran cantidad de tratados universales que garantizan los derechos de las personas, entre ellos, se puede mencionar: el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas.

Artículo 13 del Pacto

El artículo 13 del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas resalta el derecho a la educación de los individuos en todas las naciones del mundo.

Los acuerdos contenidos en este pacto con respecto al derecho a la educación como una condición que ha de garantizarse al individuo, se resume a continuación:

Desarrollo de la personalidad humana

Los Estados miembros acuerdan la orientación de la educación, destacándose que la misma debe encaminarse con la firme convicción de desarrollar la personalidad plena del ser humano, donde los valores humanos han de impregnar este proceso, así como las libertades elementales de los mismos.

Capacitación efectiva

La formación y preparación del individuo tiene como principal meta promover su participación activamente en el marco de una sociedad autónoma y libre, donde prevalezcan la comprensión, tolerancia y el reconocimiento del otro.

En este aspecto, el derecho a la educación según este tratado debe fortalecer la cooperación y ayuda entre las naciones, grupos sociales, religiosos y étnicos; para ello necesariamente han de promoverse acciones y/o actividades donde la paz sea el eje central de éstas.

Obligatoriedad de la Educación primaria

El acuerdo que se establece en el artículo 13, como derecho a la educación es la gratuidad de la enseñanza primaria, exigiéndose que la misma sea obligatoria y accesible para todos los ciudadanos en cualquier parte del mundo.

Accesibilidad a la educación secundaria, técnica y profesional

Se exige a los países firmantes, auspiciar diferentes vías, formas y medios que faciliten la enseñanza secundaria técnica y profesional en los ciudadanos.

Asimismo promover lineamientos donde todos pueden tener las posibilidades para alcanzar este nivel académico. También se sugiere implementar de manera sistemática la gratuidad en este nivel para que cada vez, sean más ciudadanos en el mundo con mayor acceso a la educación.

Acceso a la enseñanza superior

Otro acuerdo en el tratado con respecto al derecho a la educación, subyace en  el hecho de establecer acciones que les permitan a los seres humanos tener facilidades de ingreso al sistema superior de la educación.

También, se invita a los Estados incorporar cada vez más centros o instituciones universitarias públicas donde puedan formarse profesionales de calidad pero de manera gratuita.

Posibilidades a los rezagados

Los Estados, deben auspiciar acciones donde se cense a los ciudadanos quienes no hayan logrado culminar la educación básica, ello a objeto de ofrecerles alternativas para incorporarlos a un sistema que les garantice el derecho a la educación.

Incentivos y estímulos

Cada país debe crear una serie de estímulos  para que los ciudadanos que desean proseguir su capacitación y formación educativa, tengan mayor entusiasmo en lograrlo.

En este sentido, se considera premiar el esfuerzo a través de becas y otras formas de incentivo. Acción que puede considerarse en una inversión para las naciones porque en la medida que los ciudadanos se formen y profesionalicen, contribuyen al desarrollo económico y cultural del país.

 Declaraciones y Convenios internacionales

Existe una serie de convenios, declaraciones internacionales que establecen los lineamientos que deben llevar a cabo todas las naciones para viabilizar el derecho a la educación en cada uno de los Estados. Entre las  normas relacionadas con el derecho a la educación se pueden señalar:

Declaración Universal de  Derechos Humanos

En su art artículo 26, de, instituye que a los padres les corresponde elegir el tipo de educación que desean para sus hijos. En este sentido, los Estados que llegaron a este acuerdo o pacto, tiene la obligación de respetar la decisión de los padres en lo que respecta la escogencia de las instituciones donde estudien sus hijos.

Los padres por tanto, tienen  la opción de seleccionar el colegio distinto a los públicos, siempre y cuando, compensen, igualen o satisfagan lo prescrito por el Estado en materia de enseñanza para sus ciudadanos.

Por otra parte, los progenitores tienen la libertad para seleccionar la educación moral y religiosa que decidan, a la par con lo decretado por las autoridades educativas, pero que está en concordancia con sus creencias.

 

A esto puede señalarse que el Estado respetará la decisión de los padres en materia educativa, siempre que estos proporcionen a sus hijos las posibilidades de un proceso de enseñanza ajustada a las normas y preceptos indicados por las autoridades educativas en este sentido.

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Este pacto subraya la libertad de los padres para elegir o poseer el pensamiento, conciencia y de religión. Así lo manifiesta en el artículo 1.

En este sentido, resalta  que todas las personas tienen y poseen la libertad de expresar y manifestar sus creencias de pensamiento y religión de manera individual o colectiva.

Las creencias pueden manifestarlas de manera pública y/o privada a través de  ritos y cultos.  Por ello, la práctica de su enseñanza para con sus hijos es un derecho que se les concede.

Convención Europea de Derechos Humanos 

En el artículo 1 de la referida convención, el estado en sus funciones educativa de los niños y niños ha de permitir a los padres que propicien o desarrollen la enseñanza de sus hijos según sus creencias religiosas  e ideológicas que posean.

Resolución sobre la libertad de enseñanza en la Comunidad Europea 

La resolución selecciona  los aspectos fundamentales con respecto al derecho de la educación sustentada por la ONU desde 1984, entre tales aspectos se destacan:

Libertad de los padres, esta refiere o  enfatiza en la opción que estos poseen independientemente de sus facultades económicas decidir dónde quieren que estudien sus hijos. Aunque, para ello, el Estado debe favorecer o ayudar a las escuelas que no sean públicas.

Los padres gozan de privilegio y derecho para  elegir la incorporación de sus hijos en las escuelas de su elección. De ahí, que es obligación de los gobiernos ofrecer instituciones públicas con las condiciones idóneas para el desarrollo efectivo de la educación de los niños. Te sugerimos leer también ejercicios para aprender a leer.

Por tanto, los padres que decidan escoger otras instituciones para que sus hijos estudien, deben ser cuidadosos en elegir  centros educativos que posean las exigencias de infraestructura, medios de enseñanza y demás elementos regulados por las autoridades educativas.

La jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos humanos

La libertad de enseñanza se sustenta en una visión de la sociedad democrática y plural.No obstante, reconoce la dificultad para imponer un único modelo educativo o de sociedad.

Este tribunal arguye que «democracia» no debe entenderse como la simple forma donde los individuos opinan, porque la misma, ha de procurar garantizar una vida justa y plena para todos incluyendo a las clases menos favorecidas.

Otro aspecto, en el cual hace énfasis es en la necesidad de que el Estado evite el abuso de las clases dominantes sobre las menos desfavorecidas. Así lo establece la sentencia Valsamis en su párrafo 27

Por otra parte, el tribunal antes referido, destaca que todos los gobiernos tienen la obligación de favorecer el acceso de los niños a los centros educativos, bien sean públicos o privados.

Los Estados que forman parte de esta norma jurídica,  han de avalar y promover el derecho a la educación de todos promoviendo el acceso y ofreciéndoles oportunidades para su enseñanza.

Rol del Estado

El derecho a la educación en su precepto destaca que todos tienen el derecho a recibir formación primaria, secundaria y superior. Por ello, para que se cumpla, el Estado ha de actuar de manera eficiente y sobretodo, poseer una gestión que les garantice a sus habitantes el desarrollo cognitivo, afectivo y social que les proporciona la educación en sus distintos niveles, etapas o fases.

Desde esta perspectiva, la función oficial de la educación es reflexionada por su gran significación que la misma conlleva para con sus ciudadanos. Este tema ha sido objeto de consideración desde hace muchas décadas atrás, específicamente desde 1966.

Así que al Estado le corresponde  suministrar los recursos económicos,  regular, dirigir y administrar los medios propicios para garantizar el proceso educativo en sus ciudadanos en los diferentes niveles.

En síntesis, contribuir con la educación del niño de hoy, es crear el camino para alcanzar una sociedad más próspera en el futuro. Así que el derecho a la educación garantiza la prosperidad no solo del individuo, sino de la nación.

En el siguiente vídeo, se destaca el derecho a la educación.

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